Junio 7, 2024 - 2 min

Y usted: ¿Ya informó al SII sus inversiones y rentas del exterior?

El viernes 28 de junio vence el plazo para presentar la Declaración Jurada Nº 1929, en cumplimiento de las obligaciones legales de informar a la autoridad fiscal este tipo de operaciones

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Por Centro de Conocimiento Tributario | CCT

El primer semestre del 2024 está próximo a finalizar y las vacaciones de invierno se encuentran a la vuelta de la esquina. Y para disfrutar unos días de descanso, cada vez son más las personas que optan por viajar a destinos fuera de Chile. Algo similar ocurre con las inversiones.

En una economía globalizada como la actual, los mercados internacionales ofrecen múltiples alternativas de inversión; lo que permite diversificar las carteras, rentabilidades y riesgos asociados.

Esta opción conlleva una serie de alcances, efectos y obligaciones tributarias para los contribuyentes en Chile, tanto al llevar a cabo inversiones en otros países, como en la forma de computar sus resultados.

Mira más detalles en este video: 

DJ 1929: Operaciones en el exterior

Actualmente, nuestra legislación tributaria contiene múltiples normas y disposiciones que obligan a los contribuyentes a entregar anualmente al Servicio de Impuestos Internos (SII) información de sus inversiones u operaciones en el exterior, los beneficios o resultados asociados e -incluso- el detalle de los impuestos soportados en el extranjero eventualmente acreditables en el país.

Dichas obligaciones -en todos los casos- se cumplen con la presentación online de la Declaración Jurada Nº 1929 (DJ 1929) en el mes de junio, aportando información correspondiente al año inmediatamente anterior. En el proceso de renta 2024, el plazo para presentarla vence el viernes 28 de junio.

Al respecto, cabe señalar que no presentar esta DJ, o su presentación fuera de plazo, incompleta o errónea, conlleva la emisión de multas por parte del SII.

¿Quiénes tienen la obligación de informar?

Por norma general, los contribuyentes (personas naturales y jurídicas) con domicilio o residencia en Chile que posean inversiones en el extranjero, o bien, les sean atribuibles rentas del exterior.

Entre los bienes y rentas a informar figuran: acciones o derechos en sociedades, inmuebles, cuentas bancarias y de inversión, seguros de todo tipo, dividendos, regalías, intereses y sueldos, entre otros.

Finalmente, cabe destacar que la presentación de la DJ 1929 constituye un requisito* para acreditar en Chile impuestos pagados en el exterior, cuando corresponda; evitando así incurrir en una doble tributación internacional (pago de impuestos respecto de una misma renta, en el país en que ésta se genera y en Chile).

* En reemplazo de la inscripción y actualización de inversiones en el registro RIE del SII.